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¿Qué es la desheredación?
La desheredación, en un sentido amplio, es la privación de la herencia, incluso la impuesta por Ley en los casos de indignidad para suceder. En un sentido estricto, es la privación de un heredero forzoso o legitimario de la porción de herencia que por derecho le corresponde, la legítima.
Sólo podrá tener lugar por alguna de las causas que expresamente señala la Ley. Dichas causas deben interpretarse de forma restrictiva, sin que quepa analogía o interpretación extensiva. Además, como requisito, deberá hacerse en testamento. Expresando la causa legal en que se funde, aunque no es preciso relatar o detallar los hechos que provocan la desheredación.
Causas para desheredar a un hijo
¿Se puede desheredar a un hijo a favor de los nietos? ¿Desheredar a una hija?
Las causas para la desheredación de los hijos están especificadas en el Código Civil y son las siguientes:
- Haber negado, sin motivo legítimo, los alimentos al padre o ascendiente que le deshereda.
- Haberle maltratado de obra o injuriado gravemente de palabra. No se admite la simple referencia genérica a maltrato de obra o la existencia de injurias graves con palabras ofensivas e irrespetuosas. Tienen que quedar concretadas, especificadas o relacionadas para poder apreciar la existencia y la gravedad.
Causas para desheredar a los padres y ascendientes
¿Se puede desheredar a un padre? ¿Se puede desheredar a una madre?
Los motivos para desheredar a los padres y ascendientes son las siguientes:
- Cuando los padres abandonaren, prostituyeren o corrompieren a sus hijos.
- Cuando fuera condenado en juicio por haber atentado contra la vida del testador, de su cónyuge, descendientes o ascendientes. Si el ofensor fuere heredero forzoso, perderá su derecho a la legítima.
- El que hubiese acusado al testador de delito al que la ley señale pena no inferior a la de presidio o prisión mayor, cuando la acusación sea declarada calumniosa.
- Al que, con amenaza, fraude o violencia, obligare al testador a hacer testamento o a cambiarlo.
- El que por iguales medios impidiere a otro hacer testamento, o revocar el que tuviese hecho, o suplantare, ocultare o alterare otro posterior.
- Si se ha perdido la patria potestad por las causas expresa.
- Haber negado los alimentos a sus hijos o descendientes sin motivo legítimo.
- Haber atentado uno de los padres contra la vida del otro, si no hubiere habido reconciliación entre ellos.
Desheredar a tu pareja
¿Se puede desheredar a tu esposa? ¿Es posible desheredar a tu marido?
Las causas para desheredar al cónyuge, además de las señaladas en el apartado anterior números 2, 3, 4 y 5 son:
- Haber incumplido grave o reiteradamente los deberes conyugales. No es suficiente que las relaciones matrimoniales no sean buenas para concluir que existe un incumplimiento grave y reiterado de los deberes conyugales. Es causa de desheredación del cónyuge la infidelidad conyugal, traducida en un incumplimiento grave o reiterado de los deberes conyugales.
- Las que dan lugar a la pérdida de la patria potestad.
- Haber negado alimentos a los hijos o al otro cónyuge.
- Haber atentado contra la vida del cónyuge testador, si no hubiere habido reconciliación.
Para que las causas que dan lugar a la separación personal lo sean también de desheredación es preciso que los cónyuges no vivan bajo el mismo techo.
Cabe mencionar también que los hijos o descendientes del desheredado ocuparán su lugar y conservaran los derechos de herederos forzosos respecto a la legítima.
Ya, pero, quiero desheredar a mi hijo
Como hemos podido observar, las causas de desheredación están perfectamente delimitadas en el Código Civil.
A veces es bastante complicado para los notarios hacer entender a los testadores que la ley no permite desheredar por causas no contempladas en el Código Civil. Por lo tanto no son libres de redactar el testamento de manera libre, sino que se tienen regir a la legalidad vigente. De lo contrario el testamento no tendrá validez legal.
Unos de los problemas habituales del testamento ológrafo es que cuando no es redactado por un profesional del derecho, puede no adecuarse a la ley. Algo bastante habitual es el desconocimiento de la figura de la legítima, con todo lo que ello supone.