Testamento cerrado – toda la información –

Testamento cerrado, toda la información

El testamento cerrado, también llamado testamento notarial cerrado, es un tipo de documento prácticamente en desuso.

Debido a sus inconvenientes, que detallaremos a continuación, lo más aconsejable es decantarse por el testamento notarial abierto.

La diferencia principal entre ambos es que en el abierto, el notario conoce el contenido del mismo. Por el contrario, cuando alguien otorga un testamento cerrado, únicamente conoce el contenido el propio testador.

Lo que puede parecer algo ventajoso no lo es tanto, como veremos a continuación.

Origen del testamento cerrado

Antiguamente los testamentos otorgados en las notarías requerían la comparecencia de testigos. Es por ello que, para salvaguardar el contenido, muchos testadores optaban por guardar el pliego en un sobre cerrado. De ahí el nombre de testamento cerrado.

A día de hoy no es necesaria, salvo en casos muy particulares, la presencia de testigos a la hora de hacer testamento, por lo que prácticamente nadie recurre a ellos.

Fases del testamento cerrado

El testamento cerrado se desarrolla en cuatro capítulos que emanan del Código Civil de España.

Fase Preparatoria

Una de las desventajas del testamento cerrado es que el notario no supervisa el contenido del mismo, Por lo tanto no acredita su correcta redacción, con todo lo que ello conlleva.

En la fase de preparación se han de seguir los siguientes pasos para que no quede duda de la autoría:

  • Uno de los requerimientos del testamento cerrado es que ha de ser escrito. Si el testador lo hace de puño y letra, tendrá que estampar su firma al final del documento. Si por el contrario, se hace por medio de elementos mecánicos o es una tercera persona quien lo escribe, será necesario firmar todas y cada una de las hojas.
  • En caso de que el testador sea incapaz de firmar, lo podrá hacer una tercera persona. En este caso se deberá dejar constancia del motivo de su incapacidad.
  • Los interlineados, tachones y enmiendas han de ser salvadas al final del documento.

El notario proporciona asesoramiento gratuito y se encarga de juzgar la capacidad de los otorgantes. En este caso, al no ser consciente del contenido, únicamente da fe de la capacidad.

Fase del otorgamiento

Esta fase se desarrolla habitualmente en la notaría. En casos excepcionales, cuando el testador por motivos de salud no pueda desplazarse, el notario se podrá personarse en el domicilio de éste último.

El testamento, introducido en un sobre cerrado y sellado, será entregado al notario por el testador. Tendrá que dejar claro que el documento contenido es su propio testamento.

Será sellado y se anotará la referencia de los sello como paso previo al otorgamiento de un acta. Este acta ha de ser firmada por el testador y los testigos si los hubiere.

Como todos los documentos notariales del protocolo general corriente, se le asignará un número de protocolo y se hará constar la fecha del otorgamiento, pero no se hará referencia alguna sobre su contenido.

El notario preparará una copia autorizada del acta y será entregada al testador previo pago de la minuta correspondiente.

Fase de conservación:

Esta fase clave. A diferencia del testamento notarial abierto, el testamento notarial cerrado no se protocoliza. Únicamente se protocoliza el acta, que como hemos visto, no contiene la voluntad del testador.

En esta fase el testador puede encargarse de su custodia, entregárselo a una tercera persona o al propio notario.

Fase de protocolización

El individuo que conserve el testamento deberá entregárselo a un notario en un plazo máximo de diez días desde que sea consciente del fallecimiento del testador.

En caso de no entregarlo en el plazo estipulado, será responsable de los daños y perjuicios que la demora pudiese causar. Si además existiese dolo, perderá su derecho a la herencia.

Cuando el notario tenga en su poder el testamento se pondrá en contacto con:

  • Cónyuge del causante.
  • Descendientes y ascendientes del causante.
  • Parientes colaterales en última instancia (el límite es el cuarto grado).

Ventaja del testamento cerrado

La ventaja obvia, y prácticamente única, es que el contenido del testamento será totalmente privado, ya que ni el propio notario lo conoce.

Desventajas del testamento cerrado

  • No evitamos el pago de la tasa correspondiente al notario. En cualquier caso, el precio de un testamento notarial es muy económico, por lo que no deberíamos supeditar la elección del tipo de testamento únicamente por el precio.
  • Al igual que sucedía con el testamento ológrafo, el notario no comprueba la correcta redacción del documento, pudiendo ocasionar graves problemas si no está ajustado a derecho.
  • Los trámites para aceptar una herencia se complican sensiblemente, ya que la fase de protocolización se puede alargar en el tiempo. La cuantía de los trámites será también más elevada.

Como hemos podido observar, las desventajas son enormes. Es por ello que es una opción poco recomendable y residual en los tiempos que corren.

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